Preguntas frecuentes
¿La empresa puede obligar a un trabajador a hacerse un test PCR y a tomarse la temperatura?
Si se trata de una obligación legal para garantizar la seguridad, sí, no estaríamos ante un caso en el que cada persona pueda decidir si da su consentimiento.
¿Se puede exigir al personal activo o a futuras contrataciones entregar comprobantes médicos o información sobre si ya se han realizado un test, o si -cuando esté disponible- tienen puesta la vacuna?
Se puede pedir la información necesaria, sin sobrepasar ciertos límites. Puede ser útil saber si esa persona ya tiene anticuerpos o si ha tenido el virus, por lo que podría preguntarse si se ha hecho un test o no. En el caso de la vacuna, esto no garantiza que no haya tenido el virus. En cualquier caso, debería existir una cláusula informativa en la que se indicase qué información se va a recoger, para qué y cómo se van a tratar esos datos
¿Qué ocurre si un trabajador no se quiere realizar el test?
No estamos ante una actividad que requiera consentimiento, se trata de una obligación legal, por lo que la empresa puede poner una falta disciplinaria.
¿La empresa puede prohibir el acceso a las instalaciones a personas que se nieguen a realizarse un test o tomarse la temperatura?
Sí, volvemos a estar en un caso en el que no se trata de una actividad de consentimiento, es una obligación legal para garantizar seguridad.
Si un trabajador da positivo en el test, como empresa ¿puedo informar al resto del personal (compañeros, comité de seguridad y salud) con el fin de evitar contagios?
Dar datos como el nombre y los apellidos sería dar demasiada información, sería suficiente con dar la información de un positivo sin indicar información que no sea indispensable. Hay que evitar que pueda darse un caso de discriminación, sin que se ponga a nadie el peligro, ya que una persona que haya estado con la persona contagiada, también debería hacer cuarentena. Por lo tanto, lo mejor es minimizar los datos, habiendo creado previamente un protocolo y medidas internas de actuación.
¿Si tomamos un dato como la temperatura sin conservarlo, se puede considerar que ya le estamos dando un tratamiento a este dato?
Sí, cualquier acción que se realiza sobre un dato, como visualizarlo, ya supone un tratamiento. Si te toma la temperatura y alguien la visualiza, aunque no guarde el dato, también se está tratando.
¿Hay que guardar los datos de temperatura que se han tomado durante un tiempo para cumplir con aspectos médicos?
No se está marcando un plazo de conservación para un historial médico, no se conserva el dato si, por ejemplo, es el de una persona que entra en un local, pero sería recomendable guardar datos de personas que han tenido fiebre, para que se puedan enviar al médico y que este se valore si necesita baja, o si son clientes a los que se les ha impedido el acceso, sería recomendable guardarlos por si esa persona reclama. Pero eso sí, debería existir un protocolo que indicase cómo el va a tratar los datos el responsable de tratamiento, durante cuánto tiempo y para qué.